NO A LA PRIVATIZACION DEL MAR CHILENO
entrevista de la diputada Marisol Turres con conapach
Entonces ¿defiende la tarea de la salmonicultura?
-Yo no defiendo a los salmoneros, porque ellos se defienden solos. Buscarle a la salmonicultura las cosas malas, en vez de concentrarse en el rol de los servicios públicos involucrados para que se cumplan las normas ambientales y laborales, es un error. Los parlamentarios debemos fiscalizar a los órganos del estado cumplan su tarea, no fiscalizar a las empresas.
Esta es una industria que le da una oportunidad a las personas, y el que tiene ganas puede seguir estudiando, tienen una serie de beneficios que ya se las querría trabajadores de otros rubros.
-Hay que dejar claro que la misma autoridad ambiental y otras que regulan la actividad de la acuicultura no afirman que exista ese daño en la magnitud en que dicen los artesanales (…) Hasta lo que yo se y la información que yo manejo no existe tal daño.
-La marea roja está desde antes que aparezca la salmonicultura y hay otros factores que pueden afectarlos, como los cambios climáticos, alza en la temperatura de nuestros mares, una serie de fenómenos que perfectamente podría incidir en estas enfermedades.
Pero los escapes de salmones desde su jaula afecta directamente a la fauna nativa, por ejemplo al alevín de la merluza.
Aquí hay un conflicto artificial que le conviene a un sector político y que me parece tremendamente irresponsable. Si a mi me dicen que hay una industria que está contaminando y este es el resultado, pero sin pruebas, no le crea mayores oportunidades a nuestra gente. Si tengo que poner en una balanza lo bueno y lo malo de la salmonicultura, hay más de lo bueno
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COMUNICADO PUBLICO
Gustavo Cortes agregó que varios trabajadores han sido contratados en forma irregular. La empresa se ampara en el Artículo 22 del Código del Trabajo, que se refiere a la duración de la jornada ordinaria de trabajo y permite que ciertos trabajadores bajo determinadas condiciones queden excluidos de la exigencia de limitación horaria de cuarenta y cinco horas semanales.
De esta manera, según los dirigentes, Río Dulce no mantiene registros de asistencia.
El dirigente explica que todos los obreros cumplen horario y realizan sus funciones al interior de la planta, por lo que recurrir a este resquicio legal no procede.
Cortes denunció que el jefe de turno Cristián Riveras les dijo que haría todo por desmantelar el sindicato.
Pero la empresa Río Dulce incurre en prácticas antisindicales desde la constitución del Sindicato, el 12 de agosto de
Un recurso de queja contra la jueza subrogante del Juzgado de Letras de Castro, será presentado hoy en Puerto Montt debido a que ésta no habría actuado diligentemente al no dar curso a una orden de arresto que, curiosamente, habría firmado la propia jueza contra los ejecutivos de una empresa salmonera perteneciente a Francisco Javier Errázuriz y cuyos operarios enterarán un mes en huelga legal.
(Manuel de la Barra Carrasco)
La información la entregó durante una entrevista concedida a EL INSULAR.CL, el seremi del Trabajo y Previsión Social Fernando España quien precisó sobre el particular que los ejecutivos de la empresa Holding and Tracking constantemente hicieron practicas anti sindicales y ya, al tercer día del proceso de huelga de los trabajadores habían contratado personas “rompehuelgas”, para reemplazos, siendo sancionada la empresa por la Inspección del Trabajo y los antecedentes puesto al Juzgado de Letras de la ciudad de Castro.
Fernando España precisó sobre el particular que el recurso fue acogido y se produjo la orden de desalojo de los rompehuelgas, para luego la empresa de Errázuriz volvió a contratar a estas personas, situación que aún continúa.
INCUMPLIMIENTO
“Por lo tanto, existe un incumplimiento y, además, no se acató una orden judicial y la jueza subrogante decretó una orden de arresto contra los ejecutivos de la empresa por no acatar una orden judicial y eso, lamentablemente, la orden de arresto no se dio curso, no se le entregó a Carabineros o Investigaciones para que los ejecutivos sean detenidos, a diferencia de lo que podría haberle sucedido a un trabajador común y corriente”, puntualizó el seremi del Trabajo, Fernando España.
La autoridad calificó de insólito que la propia jueza no haya dado cumplimiento a una resolución que ella misma habría determinado.
Fernando España sostuvo además que los trabajadores de la empresa Holding and Training cumplen ya un mes de huelga legal y, según la ley, deberán reintegrarse a sus labores a más tardar mañana sábado “creo que es un episodio bastante negro para los empresarios que quedó en un muy mal pie, por la forma en cómo se trató a los trabajadores y estoy seguro que la Central Nacional de Trabajadores lo dará a conocer (el caso) a nivel nacional e internacional, e incluso a la OIT para que empresas como éstas no tengan cabida en el concierto nacional e internacional y, por lo tanto, estamos ante un hecho bastante insólito donde, lamentablemente, los únicos afectados son los trabajadores”, subrayó la autoridad del trabajo.
DESCANSOS POR LEY
Por otra parte, el Seremi del Trabajo y Previsión Social, Fernando España informó sobre los principales aspectos que regulan los horarios de los trabajadores en estas fiestas de fin de año, tema que es normado a través de la ley 20.215.La autoridad regional aseveró que la normativa establece como descansos obligatorios e irrenunciables el 25 de diciembre y el 1 de enero.
La norma señala que el empleador podrá extender la jornada de trabaja, por un máximo de 9 días dentro de los 15 anteriores a esa festividad. El Seremi del Trabajo y Previsión Social explicitó que “en ningún caso los trabajadores del comercio pueden trabajar más allá de las 23 horas --durante dicho período-- y que los días 24 y 31 de diciembre no deben hacerlo más allá de las 20 horas”.
España señaló que no importa si con anterioridad se habían pactado el trabajo en horas extras, pues los empleadores deben respetar los cierres, para la cual la Dirección Regional del Trabajo llevará a cabo un proceso de fiscalización.
Agregó que la nueva ley establece un régimen de sanciones de acuerdo al tamaño de la empresa. Las empresas infractoras que empleen de 1 a 49 trabajadores, se exponen a una multa de 5 UTM por cada trabajador vulnerado en sus derechos; las que empleen de 50 a 199 trabajadores deberán pagar multas de 10 UTM por cada trabajador y las empresas que tengan más de 200 trabajadores deberán atenerse a multas de 20 UTM por cada trabajador.
Por otro lado, el Seremi del Trabajo aclaró que la normativa beneficia a todos los dependientes del comercio, esto es: vendedores, cajeros, empaquetadores, promotores y vendedores integrales. No quedan comprendidos dentro de este concepto: guardias, aseadores, reponedores, etiquetadores o trabajos de inventario.
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RESPONSABILIDAD DE LAS EMPRESAS
Por su parte el presidente de
“Los empresarios son los que ponen en riesgo las fuentes laborales por manejar mal sus temas sanitarios”, agregó Casas.
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declaracionpublica mayo 2009