Gustavo Cortes agregó que varios trabajadores han sido contratados en forma irregular. La empresa se ampara en el Artículo 22 del Código del Trabajo, que se refiere a la duración de la jornada ordinaria de trabajo y permite que ciertos trabajadores bajo determinadas condiciones queden excluidos de la exigencia de limitación horaria de cuarenta y cinco horas semanales.
De esta manera, según los dirigentes, Río Dulce no mantiene registros de asistencia.
El dirigente explica que todos los obreros cumplen horario y realizan sus funciones al interior de la planta, por lo que recurrir a este resquicio legal no procede.
Cortes denunció que el jefe de turno Cristián Riveras les dijo que haría todo por desmantelar el sindicato.
Pero la empresa Río Dulce incurre en prácticas antisindicales desde la constitución del Sindicato, el 12 de agosto de
declaracionpublica mayo 2009